La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, un gel repelente para mosquitos y un átomo desinflamante falsificado.

En primer término, la Disposición 7727/2024 establece la prohibición del uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto denominado: “gel repelente de insectos, marca Kaen 1000, elaborado y fraccionado por Rodriflor S.A. Arenales 333, Ramos Mejía, Pcia. de Buenos Aires, Argentina R.P.E. 1136″ en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos.

Alerta de la Anmat por el uso de dos productos odontológicos fabricados en Tucumán

En su considerando explica que las actuaciones se iniciaron a raíz de numerosas consultas recibidas en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la Anmat, en relación a la comercialización de ese producto.

Ante ello, consultada la base de datos de la ANMAT, perteneciente al Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los detallados ut-supra.

Se procedió entonces a la realización de una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web donde se ofreciera el producto y en virtud de que en el rotulado del producto en cuestión figuraban los datos de la firma RODRIFLOR S.A., habilitada por la ANMAT bajo legajo N° 2767, el 15/04/24 y bajo OI N° 2024/1265-DVS-480 se realizó una inspección de verificación de Buenas Prácticas de Fabricación en el citado establecimiento.

Allí, durante la recorrida se pudo verificar que personal de la firma se encontraba en proceso de etiquetado y codificado de un lote del producto gel repelente de insectos, marca Kaen 1000.

Ante todo esto, se estableció que el producto está en infracción por carecer de registros de producto resultando ser en consecuencia un producto ilegal y que a fin de proteger a eventuales usuarios del producto involucrado, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó: a) prohibir el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto e instruir un sumario sanitario a la firma por los incumplimientos mencionados.

Anmat prohibió la venta de un átomo desinflamante falsificado

Por su parte, la Disposición 7760/2024 fija la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional el producto: "átomo desinflamante clásico Cont. neto 100gr, uso externo, nueva fórmula mejorada. Elaborado por productos naturales amazonas".

En su considerando señala que las actuaciones, el Departamento de Control de Mercado dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos Para la Salud (DEyGMPS) informó que la firma IMVI recibió una consulta por parte de un paciente respecto de dos (2) unidades de este producto, que habría adquirido por la plataforma digital de ventas Market Place.

Fue por ello que personal de ese Departamento se constituyó en la sede de la firma a fin de realizar la verificación de legitimidad de las unidades sospechadas que fueron entregados por el paciente a firma y según refirió la directora técnica de la firma el paciente afirmó haber adquirido las unidades por la plataforma Market Place y que le habría llamado la atención que las características diferían de las del producto que adquiere habitualmente y donde el producto es una especialidad medicinal que se encuentra registrada ante esta Administración Nacional.

Además, el producto original se comercializa en presentación por 110 gramos y por 220 gramos, mientras que la unidad falsificada detalla como contenido neto 100 gr.; la unidad original detalla ser elaborada por Laboratorio IMVI, mientras que la unidad falsificada declara ser fabricada por Productos Naturales Amazonas; las unidades originales poseen lote codificado con cuatro (4) dígitos numéricos mientras que la unidad falsificada posee lote 20316 (cinco dígitos) acompañado de un vencimiento con fecha inexistente 15/2018. 

Frente a esto, el Departamento de Control de Mercado realizó un relevamiento de ofertas en la plataforma Market Place a fin de que se solicite la baja de los mismos, sean estos originales o no, por encontrarse en infracción a la normativa vigente.